Ante una separación o divorcio, puede suceder que aún existan deudas pendientes con entidades financieras que se dieron durante la relación o incluso si se trata de simples préstamos de dinero a tu pareja actual, amigos o familiares y no hay ningún documento firmado.
Si este es tu caso, hay medidas legales que puedes tomar para recuperar el dinero o incluso formalizar el pago de deudas importantes y evitar conflictos.
De acuerdo a Milagros García, abogada de familia, en el caso de un divorcio a raíz de una unión legal, lo primero que debes saber es que se establece una repartición de bienes a través de una liquidación de sociedad de gananciales.
Es decir, se liquida todo lo que se ha adquirido en pareja durante el ejercicio del matrimonio, pero es importante tomar en cuenta que, en un divorcio, no solo se liquidan los bienes sino también las deudas.
“Por ejemplo, tenemos una hipoteca y una casa que tiene que dividirse, pero la deuda hay que pagarla de dos o sino venden la casa, cancelan la hipoteca y la diferencia se la dividen en partes iguales”, explica la especialista en una entrevista para un medio local.
Primero, es necesario identificar si se trata de solo exenamorados, exconvivientes o si implica a exesposos, donde existe la figura de sociedad de gananciales y los préstamos de dinero podrían implicar un beneficio familiar y bajo esa idea no habría una deuda como tal.
Sin embargo, si este dinero pendiente de pago no tuvo un fin familiar y más bien se trata de un beneficio personal, se convertirá en una deuda que debe pagarse.
“El deudor o deudora podría decir que fue dentro de una sociedad de gananciales, por ejemplo, el dinero fue para construir la casa y todo ha sido para la familia e hijos. Pero, tiene que acreditarse que el dinero se sacó para un tema familiar”, señala la abogada García.
Un beneficio personal, por otro lado, podría implicar un dinero entregado para los estudios profesionales de una persona y ello no es posible que se considere como un aporte para la familia.
García indica que primero debe existir una conciliación, antes de tomar acción con un proceso judicial. No obstante, si no se establece un acuerdo mutuo para el pago de la deuda, recién se inicia una demanda ante el Poder Judicial.
En este procedimiento, se debe acreditar con pruebas de que existe una deuda, la expareja (hayan estado casados o no) lo ha aceptado y aún no existe ningún pago.
Para ello, es importante que la persona demandante adjunte diversos medios probatorios, como mensajes de texto, conversaciones de WhatsApp, correos electrónicos, audios, testigos sobre la entrega del dinero, transferencias bancarias, cronogramas de cuotas, etc.
“Si la persona dice que fue un regalo, pero tenemos evidencia de todo lo contrario e inclusive la aceptación (del dinero que se debe), entonces es deuda. En el proceso judicial se sentencia que tenía la obligación de pagar el dinero prestado”, finaliza la abogada de familia.
Frank Acevedo, abogado civil y de familia, señala que primero es necesario exponer que existió un compromiso de pago, ya sea si se firmó un documento o se cuenta con pruebas donde una persona acepte que te debe y promete pagarte.
Tras reunir los archivos probatorios, se puede iniciar con la acción legal. “Puedes enviarle una carta notarial exigiendo el pago si se niega o incumple. El siguiente paso será iniciar un proceso de conciliación extrajudicial”, agrega el especialista.
Recuerda que esta es una iniciativa a optar si es que no existe un mutuo acuerdo o entendimiento y, bajo estos antecedentes, será esperable recurrir a demandar a dicha persona ante el Poder Judicial por omisión a la obligación de dar una suma de dinero.
Finalmente, Acevedo resalta que es importante, en todo tipo de préstamo de dinero y ante cualquier vínculo relacional, dejar constancia a través de la firma de un contrato.